Extracto : "Conozca cómo los Artículos 64 y 68 de la Ley Agraria mexicana garantizan la seguridad de su inversión en solares ejidales. Protección absoluta del asentamiento humano y propiedad plena respaldada por ley."
Texto Legal:
"Las tierras ejidales destinadas por la asamblea al asentamiento humano conforman el área irreductible del ejido y son inalienables, imprescriptibles e inembargables, salvo lo previsto en el último párrafo de este artículo. Cualquier acto que tenga por objeto enajenar, prescribir o embargar dichas tierras será nulo de pleno derecho"
✅ Área Irreductible:
Tierras esenciales para la vida comunitaria
Extensión protegida contra reducciones o modificaciones
Base territorial del desarrollo urbano ejidal
✅ Inalienables:
No pueden venderse, transferirse ni cederse a terceros de manera irregular
Aplicable a zonas de urbanización, servicios públicos y reservas de crecimiento
Excepción legal: Solo mediante procedimientos aprobados por la Asamblea
✅ Imprescriptibles:
No se pierden por el paso del tiempo
Seguridad perpetua contra claims por falta de uso
Derechos protegidos indefinidamente
✅ Inembargables:
Protección contra embargos por deudas personales
Seguridad financiera de su inversión
Blindaje legal ante problemas económicos de terceros
✅ Nulidad de Pleno Derecho:
Cualquier contrato que viole estas condiciones es automáticamente inválido
Protección judicial inmediata
Seguridad contractual absoluta
Solo se permite aportar tierras al municipio para servicios públicos
Requiere intervención de la Procuraduría Agraria
Proceso supervisado y regulado
Texto Legal:
"Los solares serán de propiedad plena de sus titulares"
✅ Propiedad Plena:
Dominio privado total sobre su solar
Derechos equivalentes a propiedad privada regular
Capacidad para ejercer todos los derechos patrimoniales
✅ Derechos Completos:
Venta, arrendamiento, herencia regulados por derecho común
Aplicación del Código Civil Federal
Libertad para realizar actos jurídicos plenos
✅ Asignación Equitativa:
Determinada por la Asamblea Ejidal según normas técnicas
Supervisión del municipio y Procuraduría Agraria
Proceso transparente y regulado
📋 Proceso de Adquisición:
Aprobación de la Asamblea Ejidal
Supervisión de la Procuraduría Agraria
Inscripción en el Registro Agrario Nacional (RAN)
🛡️ Protección de Su Inversión:
Terrenos dentro del área de asentamiento humano protegida
Documentación respaldada por ley federal
Procedimientos 100% legales y transparentes
📈 Beneficios Concretos:
Propiedad plena sobre su solar de 2,500 m²
Protección absoluta contra embargos o pérdidas
Derechos completos de uso, disfrute y disposición
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